Tarjeta de la Red
Una tarjeta para todas las bibliotecas
1. Tarjeta personal:
Se utilizará para acceder a servicios adaptados a las respectivas edades, así como a determinados servicios específicos. Los tipos de tarjetas personales son:
- Infantil: Destinada a las niñas y niños de 0 a 13 años. Será necesario que la solicitud sea presentada por uno de los progenitores o tutor legal del menor y la tarjeta se realizará previa identificación del progenitor o persona que tengan atribuida la tutela o representación legal.
- Adultos: Destinada a los lectores a partir de 14 años. Será necesario que la solicitud esté firmada por el solicitante. En el caso de las solicitudes de tarjeta para menores de edad (18 años) deberán figurar los datos y la firma de uno de los progenitores o de la persona que tenga atribuida su tutela o representación legal. La tarjeta se realizará previa identificación de la persona usuaria.
2. Tarjeta colectiva:
Destinada a instituciones y colectivos, como bibliotecas, asociaciones, centros de enseñanza o clubes de lectura, para los usos que se indican en el presente reglamento.
Para su obtención, deberá existir un responsable de la tarjeta de usuario colectivo, quien deberá acreditar su identidad y su condición como representante del colectivo.
La validez general de todas las tarjetas es de 4 años, en el caso de las tarjetas personales infantiles hasta los 14 años, y las de los adultos menores de edad hasta los 18 años. En todos los casos podrán ser renovadas. Las tarjetas colectivas se actualizarán anualmente.
Se puede solicitar la tarjeta de las siguientes formas:
- Presencialmente en cualquiera de la bibliotecas de la Red, cumplimentando el siguiente formulario:
- Tarjeta personal: Formulario de solicitud
- Tarjeta colectiva: Formulario de solicitud
- De forma telemática, con firma electrónica, a través de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:
- Tarjeta personal: accede desde aqui
- Tarjeta colectiva: accede desde aqui
En el caso de no disponer de firma digital, puede formalizar esta solicitud en los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La tarjeta de la Red está disponible en dos formatos:
- Tarjeta física: la expedición inicial de la tarjeta será gratuita en todos los casos y se obtiene en los mostradores de las bibliotecas. Las administraciones responsables podrán solicitar el coste de las segundas y sucesivas impresiones de tarjeta por pérdida de la tarjeta inicial.
-Tarjeta electrónica: versión electrónica para dispositivos móviles, cuya disponibilidad es inmediata con los datos de número tarjeta y contraseña, teniendo los mismos efectos que la tarjeta física.
- La solicitud y uso de la tarjeta es personal e intransferible, quedando autorizado el personal de la biblioteca para comprobar la identidad de la persona usuaria cuando exista alguna duda.
- Existen las siguientes excepciones:
a) Autorización progenitores o tutores legales: los padres o tutores de menores de 14 años están autorizados para obtener la tarjeta y ejemplares en préstamo para éstos.
b) Autorizaciones entre personas usuarias adultas: Los mayores de 14 años que no puedan acceder a la Biblioteca durante su horario de apertura al público podrán delegar la responsabilidad de obtener préstamos cuando concurra alguna de las siguientes causas:
1.-Impedimento que imposibilite físicamente el acceso a la biblioteca (enfermedad o discapacidad).
2.- Distancia del lugar de estudio o trabajo: cuando la persona usuaria estudie o trabaje fuera del municipio de la Biblioteca y ello le impida compatibilizarlo totalmente con el horario de la biblioteca (sábado incluidos).
3.- Distancia de la residencia: Cuando su domicilio esté fuera del municipio de la biblioteca y en su localidad no exista servicio de Biblioteca Pública. Si existiera dicho servicio será éste el que deberá hacerse cargo de las necesidades de la persona usuaria.
3. Las autorizaciones entre personas usuarias adultas, dependiendo de la causa que la origine la autorización podrán ser:
a) Temporal: cuando la causa sea temporal. Una vez extinguida la causa que la originó dejará de tener validez. La autorización temporal tendrá una duración máxima de un año y podrá renovarse si persiste la causa que la motivó.
b) Permanente: Cuando la causa sea permanente o crónica. En ningún caso ningún usuario podrá acumular más de 2 autorizaciones de otros usuarios. No se aprobarán, en ningún caso, autorizaciones recíprocas. Las solicitudes de autorización se formularán utilizando los impresos normalizados puestos a disposición de los usuarios.
Las solicitudes de estas autorizaciones deberán presentarse en la Biblioteca, donde serán valoradas y resueltas por la dirección de la misma.
4. La persona titular de la tarjeta de la Red será responsable del uso realizado con ella hasta el momento en que comunique la pérdida.
La posesión y uso de la tarjeta de la Red supone la aceptación de las condiciones que establece el Reglamento básico de la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha así como los reglamentos o normas internas de cada biblioteca o centro incorporado a la misma.
Todos las personas usuarias tendrán derecho de acceso, rectificación y supresión respecto de sus datos personales, según la legislación vigente: https://castillalamancha.es/protecciondedatos/